Año y medio
después de interponer una demanda de juicio político contra el Ombudsman de
Yucatán, y ante la inacción del Congreso, el equipo de derechos humanos
Indignación solicitó el amparo y protección de la justicia federal.
El 5 de
febrero de 2009 doce organizaciones presentamos ante el Congreso del Estado de
Yucatán la solicitud formal de juicio político en contra del presidente de la
Comisión de Derechos Humanos de Yucatán (CODHEY). Hasta hoy el Congreso ha
omitido dictaminar si procede o no el recurso.
En la
demanda, las organizaciones solicitantes documentamos las graves y reiteradas
violaciones a la ley y al reglamento de la Comisión de Derechos Humanos en las
que ha incurrido el presidente de la CODHEY, que han hecho incumplir a este
organismo los objetivos para los que fue creado, han ocasionado la desprotección
de personas agraviadas y han propiciado la impunidad de autoridades que han
violado los derechos humanos.
Algunas de las reiteradas violaciones y omisiones sistemáticas
señaladas en el juicio político son:
1) Violación sistemática a los plazos que, según la Ley de la
Comisión y su Reglamento, tiene la Codhey para resolver las quejas por presuntas
violaciones a derechos humanos que se le presentan.
2) Violación al procedimiento establecido en la Ley de la Codhey al
momento de realizar sus investigaciones y emitir sus
recomendaciones.
3) Ausencia de publicidad de sus recomendaciones.
4) Ausencia de Informes y recomendaciones generales.
5) Incapacidad y negligencia de sus funcionarios.
En la demanda las organizaciones documentamos la insensibilidad de
los visitadores al momento de entrevistar a las víctimas, la falta de médicos
especializados que documenten adecuadamente casos de torturas y tratos o penas
crueles, inhumanos y degradantes, el desconocimiento y la parcialidad de los
funcionarios hacia la autoridad, todas ellas conductas sistemáticas cometidas
por la Comisión que redundan en el servicio que presta la institución,
revictimizan a quien ya ha sido víctima de una violación a derechos humanos y
hacen ineficaz la función de la comisión como instituto encargado de proteger
los derechos humanos.
Las acciones y omisiones documentadas en la demanda del juicio
político no impidieron que el Congreso de Estado ratificara al presidente de la
CODHEY para un período más. El equipo Indignación ha seguido documentando
reiteradas omisiones de la CODHEY en la defensa de los derechos humanos.
En fechas recientes Indignación tuvo conocimiento de una persona que
tuvo que ser hospitalizada en Mérida durante varios días después de ser detenida
por elementos de la policía estatal. Los familiares acudieron a las oficinas de
Mérida de la CODHEY y, tres días después, ni el médico ni alguna persona de ese
organismo se había presentado al hospital.
Desde el año 2007 Indignación ha venido señalando la necesidad de que
la institución pública de derechos humanos realizara un informe con
recomendaciones generales ante el número creciente de casos de graves
violaciones a derechos humanos cometidas en instalaciones de la Secretaría de
Seguridad Pública y de la Procuraduría de Justicia del Estado. Este reclamo ha
sido desatendido.
El Ombudsman también omitió, en su momento, presentar un recurso de
inconstitucionalidad en contra de las modificaciones de ley que aprobó el
Congreso en julio de 2009 y que tenían como fin "evitar que otras formas de
relaciones humanas o de convivencia quieran equipararse al matrimonio o el
concubinato y obtener los mismos derechos, obligaciones y prerrogativas...",
elevando así a rango constitucional la exclusión y el rechazo, a pesar de que
dicho recurso le fue solicitado por diversas personas y
organizaciones.
La Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Yucatán, señala
claramente en su artículo 12 la obligación que la Comisión de Puntos
Constitucionales, Gobernación y Asuntos Electorales tiene de dictaminar la
procedencia de la demanda del Juicio Político solicitado. Para ello debe
solamente corroborar que la conducta atribuida en la demanda esté contemplada en
la ley, y el funcionario demandado esté contemplado entre los servidores
públicos que pueden ser sujetos a juicio político. Un año y medio después de
presentada la demanda de juicio político contra el Ombudsman, dicha Comisión no
ha cumplido con lo que la ley le ordena. Siendo que la función intermediaria de
la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Asuntos Electorales
solamente verifica el cumplimiento de los requisitos de forma, sin meterse a
juzgar sobre el fondo de la demanda, la inexplicable dilación lo único que hace
es negar a los demandantes el acceso a la justicia y constituye un obstáculo a
la participación ciudadana que la ley quiere promover.
El Congreso
insiste, contumaz, en incumplir sus obligaciones, soslayar la demanda presentada
por organizaciones de la sociedad civil y desdeñar la documentación de las
irregularidades en las que incurre cotidianamente el ombudsman. La anterior
legislatura concluyó sin cumplir la obligación de dictaminar el juicio político.
La actual tendrá que responder ante la justicia federal.