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CHANTZACÁN.- Reformas a la Ley del Notariado del Estado. Fe Pública Notarial en Yucatán, o Patente de Corso

Por: JESÚS SOLÍS ALPUCHE
Sábado, 24/Julio/2010

El Diputado Mauricio Sahuí Rivero informó en rueda de prensa que se harán cambios a la Ley del Notariado del Estado. A este respecto vale la pena que la sociedad conozca la ilegalidad y la corrupción que priva en el notariado yucateco que debería ser una Institución funadamentalmente honorable.

Desde el punto de vista legal, es claro que la Fe Publica es exclusiva del Estado con las excepciones que las leyes señalen, así, el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los poderes de los Estados se organizarán conforme a la Constitución de cada uno de ellos con sujeción a las normas que el propio 116 establece, sin embargo, la Constitución Política del Estado de Yucatán no confiere facultades al Gobernador para concesionar o delegar este acto propio del Estado como lo es el ejercicio de la fe pública, de tal suerte que la Ley del Notariado es Inconstitucional, y el Gobernador, al carecer de facultades, es decir, al estar imposibilitado jurídicamente para prorrogar su poder a un particular, como es el caso de los notarios, evidentemente que al hacerlo actúa de manera ilegal, y el nombramiento de Notario esta viciado de origen. Por tanto, este es un asunto que deberán resolver los diputados al tratar el tema.

Otro punto trascendental, es la tarifa justa que deberán cobrar los notarios por el servicio público que prestan, ya que en la actualidad las tarifas se rigen por el Arancel de Notarios y Escribanos Públicos, publicado en el Diario Oficial del 20 de Mayo de 1939, sí, leyó usted bien, de hace mas de 70 años, lo que propicia que este arancel tenga una aplicación a modo, y que aprovechan los notarios para cobrar lo que les venga en gana. Como ejemplo podemos citar que en el año de 1991 al peso le quitaron mágicamente 3 ceros, pero para los notarios los 3 ceros siguieron vigentes. Así cuando el mencionado Arancel en su artículo 2 fracción X, que es la tarifa mas alta, establece: "X.- Si excede de quinientos mil, cobrarán además el medio al millar sobre el exceso", está diciendo realmente que por las operaciones mayores a $500.00 el notario únicamente podrá cobrar en concepto de honorarios 50 centavos por cada mil pesos del valor de la cuantía de la operación, (cosa que también es irrisoria); pero para los notarios habla de miles de pesos y así lo cobra. Hoy las tarifas son tan altas, que aunada a gastos por certificaciones, derechos e impuestos, una escritura resulta más costosa que el propio terreno que se adquiere, sobre todo en los municipios del interior del estado donde la situación económica es más precaria.

Es muy común también, que los notarios cobren por conceptos que el arancel no les autoriza cobrar, es decir, que el notario con el pretexto de ser solidario responsable en materia fiscal y en otras áreas administrativas, aprovecha esta situación para argumentar a los contratantes que únicamente él puede integrar la escritura con todos sus tramites e impuestos, hecho que es totalmente falso y que la propia autoridad ha permitido y propiciado ante su incapacidad recaudatoria, lo que permite al notario cobrar además de sus honorarios un concepto que llaman "gastos", que en ocasiones duplican los honorarios.

El término de arancel se sigue aplicando por imitación o por tradición ya que la fe pública realmente es una concesión que el estado otorga a un particular y por ello el estado debe establecer la tarifa y no un arancel por ese servicio público, así vemos autopistas, puentes, aeropuertos, puertos del altura, trasporte urbano y forano, que son concesiones del estado y cuyas tarifas regula el propio estado para evitar que suceda lo que sucede con los notarios que sin excepción se han enriquecido a costillas del pueblo. Por ello, el legislador deberá crear un órgano ajeno a los notarios, no como ahora que se gobiernan asimismo, los conceptos, las fechas y los requisitos para fijar las tarifas que deberán cobrar, dado que el sistema actual de arancel genera incertidumbre en los ciudadanos.

La cuestión vitalicia esotro privilegioque se viene arraigando en Yucatán desde hacer algún tiempo, así, este absurdo legislativo lo vemos tanto en el poder judicial como en el caso de los notarios. No sé a ciencia cierta en qué momento de la historia de Yucatán los legisladores decidieron privatizar lo público, es decir dar en propiedad funciones del Estado, a particulares,y luegodarlo para toda la vida, o sea, de manera vitalicia. La nueva ley no debe incurrir en este error pues el descrédito de la fé pública será mayor.

La probidad es un tema que no debe quedar fuera en esta reforma. Es falso que sólo los abogados y licenciados en derecho sean probos, la fe pública tiene que ver más con la confianza y el asentimiento de la inteligencia hacia la verdad,que con la profesión. Se sabe de una corriente que ha intentado hacer creer que las notarías son un cargo que únicamente pueden desempeñar los estudiosos del derecho, nada mas falso, en otros países, (como Estados Unidos de Norteamérica) la fe pública se confiere a personas con una preparación media, previo examen de conocimientos y de probidad.

Se sabe de notarios de Yucatán en funciones, que son tan fraudulentos que ni siquiera atienden sus notarías, ya que la tienen encomendada a persona de su confianza quien hace todo el trabajo y el notario únicamente firma y cobra. Otros notarios únicamente están a las órdenes de clientes selectos que pagan por la exclusividad, negando así un servicio, que debería ser público, al grueso de la población. Unos mas, que debido a su edad avanzada y su condición física prácticamente no ejercen la notaría, basta ver el número de actas autorizadas por año.

De los notarios foráneos, ni que decir, a vista y paciencia de las autoridades simulan que establecen sus notarias en los municipios respectivos, pero realmente despachan en Mérida, dejando sus locales en manos de concesionarios quienes muchas veces manejan los libros de protocolo a su antojo, recaban firmas y hacen las veces de notarios, desde luego sacando su tajada lo que encarece el servicio.

De todas las anomalías, las Barras de Abogados, los Colegios, las Asociaciones de Profesionales de Derecho y el Consejo de Notarios, bien gracias.

Bajo las condiciones anteriores, la patente de notario es una patente de corso que debe cancelarse.

Para dar aliento aun posible desarrollo, másjusto y democratico en nuestro Estado, corresponde a esta legislatura servircon esta reformaa sus representados, dar certeza en la materia y eliminar este rubro de la simulación pública en Yucatán.

chantzacan@hotmail.com


COMENTARIOS DE LOS LECTORES
3 Comentarios
1 El Sábado, 24/Julio/2010 04:28 pm Conrado Roche Reyes dijo:
Este mamotreto que escribes lo leí el viernes pasado en Voces del Pueblo de POR ESTO! te lo publicaron como cualquier relleno que manda algo al diario. Ahora lo publicas como exclusiva para Notisureste, con estas cosas Jesús presumes que tienes muchos espacios en la prensa para bajar dinero en dependencias donde metes tus proyectos "productivos" y también los envías al Diario de Yucatán no tienes ni siquiera creatividad para escribir algo diferente mandas puras copias.
2 El Lunes, 26/Julio/2010 03:24 pm María Inés Loría Campos dijo:
Jesús Solís Alpuche un seudo lider y seudo representante de organizaciones de derechos humanos utiliza a los medios de comunicación para poder seguir estafando a la gente. Que vean su casa en Kinchil es un palacio. Es un traidor ademàs que se ha pasado de un partido a otro, PRD, PT, Alianza Todos Somos Yucatán y otros que han desaparecido.
3 El Miercoles, 04/Agosto/2010 02:24 pm Jesús solís Alpuche dijo:
No soy exclusivo. Escribir con sentido crítico para mí es un día de campo desde hace 40 años. De campo de batalla.
Soy un free lanzers. Los medios para mí son tierra de nadie, donde me permito sembrar,para que todos cosechen.
La libertad de expresión es mía. No de las empresas que me publican y luego para justificarse intentan denostarme.

Invariablemente.- Jesús Solís Alpuche
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